III
ENCUENTRO NACIONAL DE EMPRESAS COMUNALES DEL PERÚ
En
la sociedad comunal el Estado por ninguna razón se extingue, más al contrario
será la encargada de planificar el potenciamiento equitativo entre las empresas
comunitarias mediante políticas impositivas, seguirá garantizando la seguridad
del Estado Nación, la políticas monetaria y fundamentalmente será la encargada
de implementar todas las fuerzas productivas que estén orientados a la
integración nacional.
Cabe
aclarar en la etapa de acumulación originaría de empresas comunales se
garantizará la inversión de las empresas privadas sólo con la exigencia de que
las ganancias sean reinvertidas para ampliar el capital en el país. A esto
llamaremos el gran momento de transición histórica hacia la sociedad sin
explotados.
En
sentido Estado mediante sus Organismos públicos descentralizados debe otorgar
mayores posibilidades para el desarrollo de las Empresas Comunales las mismas
que son amparadas de acuerdo a la Ley de Comunidades Campesinas 24656.
El
Estado debe promover la Contratación para la Ejecución de Obras con las
Empresas Comunales. Para ello necesitamos que la Ley de Contrataciones
considere su inscripción en el RNP como ejecutor de Obras, hasta ahora solo
acceden las Empresas considerados en la Ley de Sociedades.
Debe
de darse un tratamiento en la modificación de la norma para que las empresas
trabajen con el Estado y cuyas utilidades deben de ser distribuidas para las
propias comunidades que invertirán en su propio desarrollo.
TEMARIO:
1.- LAS EMPRESAS COMUNALES COMO ALTERNATIVA PARA EL DESARROLLO DEL PAIS.
2.- PARTICIPACIÓN DE LAS EMPRESAS COMUNALES EN LA CONTRATACIÓN CON EL ESTADO.
3.- EL ESTADO COMO PROMOTOR DE APOYO A LAS EMPRESAS COMUNALES.
INSCRIPCIONES:
Email :gerencia@ecosermrancas.com.pe
oladegperu@gmail.com
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